Llevamos la contabilidad, las obligaciones tributarias periódicas y la declaración de renta de personas jurídicas y naturales, con cifras que soportan una revisión y con la información al día para tomar decisiones.
El outsourcing contable no es solo digitar. Es responder por que la información financiera de la empresa sea correcta, oportuna y defendible frente a un tercero: un banco, un socio, un revisor fiscal o la administración tributaria.
La declaración de renta es el punto donde se hace visible todo lo que se hizo —o no se hizo— durante el año. Preparamos y presentamos la de sociedades y la de personas naturales.
Preparación de la declaración a partir de la contabilidad, conciliación fiscal entre la cifra contable y la fiscal, determinación del anticipo y de las cuotas, y radicación dentro del plazo que corresponda según el último dígito del NIT.
Verificación de si existe la obligación de declarar según los topes del año gravable, depuración por cédulas, aplicación de las rentas exentas y deducciones procedentes, y radicación dentro del plazo que corresponda según los dos últimos dígitos del documento.
Estas son las normas que enmarcan el servicio. Las citamos para que usted pueda verificarlas.
Recibimos la información del proveedor anterior, verificamos los saldos de apertura y documentamos por escrito cualquier diferencia antes de asumir.
Se acuerda por escrito qué obligaciones asume la firma, con qué periodicidad y qué información debe entregar la empresa y cuándo.
Registro, conciliación, declaraciones periódicas y entrega de estados financieros con corte mensual.
Cierre anual, conciliación fiscal, declaración de renta y preparación de la información para la asamblea.
Incluye el registro contable de la operación, la elaboración y presentación de las declaraciones tributarias periódicas, la nómina y sus obligaciones, la emisión de estados financieros y la preparación y presentación de la declaración de renta. El alcance se define por escrito antes de empezar.
Sí. La firma atiende renta de personas jurídicas y de personas naturales. En el caso de personas naturales se revisa el cumplimiento de los topes de ingresos, patrimonio, consumos y consignaciones que determinan la obligación de declarar por el año gravable correspondiente.
Bajo el marco técnico normativo de información financiera adoptado por la Ley 1314 de 2009 y compilado en el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificatorios. La empresa se clasifica en el grupo que le corresponda y se aplica el marco de ese grupo.
Acompañamos el cumplimiento del sistema de facturación electrónica regulado por la Resolución DIAN 000165 del 1 de noviembre de 2023 y sus modificatorias, incluidos el documento soporte en adquisiciones con no obligados a facturar y la nómina electrónica.
El empalme es parte del servicio. Se recibe la información del contador o del proveedor anterior, se verifica la consistencia de los saldos de apertura y se documenta cualquier diferencia antes de asumir el período.
No sobre la misma sociedad. La revisoría fiscal es una función de control independiente sobre la contabilidad; quien lleva los libros no puede auditarlos. Si su empresa necesita ambos servicios, uno de los dos debe prestarlo un tercero.
Ejercicio de la revisoría fiscal en sociedades obligadas por la ley o por sus estatutos, y acompañamiento en asamblea.
Conocer el servicio02 — ServicioPlaneación tributaria y atención de requerimientos, emplazamientos y demás actuaciones de la administración dentro de los términos legales.
Conocer el servicio04 — ServicioEscisiones, fusiones, reformas estatutarias y los asuntos societarios que rodean la materia tributaria.
Conocer el servicioCuéntenos el tamaño de la operación, en qué grupo está clasificada la empresa y quién lleva hoy la contabilidad. Con eso le proponemos un alcance y un cronograma concretos.