Ejercemos la revisoría fiscal en sociedades obligadas por la ley o por sus estatutos, con dictamen firmado, papeles de trabajo y acompañamiento en asamblea. INFOCONTRI AL DIA S.A.S. está inscrita ante la Junta Central de Contadores con el registro 455.
En Colombia una sociedad puede quedar obligada a tener revisor fiscal por su tipo societario o por su tamaño. Son dos reglas distintas y funcionan de forma independiente.
El artículo 203 del Código de Comercio ordena que deberán tener revisor fiscal:
El parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 obliga a tener revisor fiscal a las sociedades comerciales de cualquier naturaleza cuyos:
El equivalente en pesos cambia cada año con el salario mínimo. Si su empresa está cerca del tope, conviene calcularlo sobre las cifras reales del cierre antes de concluir: consúltenos su caso.
El artículo 207 del Código de Comercio fija las funciones del revisor fiscal. No son opcionales ni negociables: son el contenido legal del cargo.
El artículo 208 del Código de Comercio determina el contenido mínimo del dictamen del revisor fiscal sobre los balances generales. Es el documento que la sociedad presenta a sus socios, a sus bancos y a las entidades de control.
INFOCONTRI AL DIA S.A.S. presta el servicio de revisoría fiscal y auditoría externa con registro 455 ante la Junta Central de Contadores, bajo un sistema de control de calidad conforme a la Norma Internacional de Control de Calidad (NICC 1). Cada dictamen lo firma un Contador Público identificado con su tarjeta profesional, y la dirección técnica está a cargo de un Contador Público con Magíster en Tributación y ejercicio docente universitario.
Revisamos estatutos, cifras de cierre y estructura societaria para confirmar si la obligación existe y bajo cuál de las dos vías.
Definimos alcance, cronograma y visitas. Se identifican los ciclos críticos del negocio y los riesgos que hay que cubrir.
Pruebas sobre las operaciones, la contabilidad y los libros de actas a lo largo del año, no solo al cierre. Comunicación escrita de hallazgos.
Emisión del dictamen firmado y presentación ante el máximo órgano social, con las salvedades que corresponda.
No. La obligación nace por dos vías independientes: por el tipo de sociedad, en los casos del artículo 203 del Código de Comercio, o por el tamaño, cuando los activos brutos o los ingresos brutos del año inmediatamente anterior alcanzan los topes del parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990. Basta con encajar en una de las dos para quedar obligado.
La S.A.S. no queda cobijada por el artículo 203 del Código de Comercio por su solo tipo societario. Queda obligada cuando supera los topes de activos o ingresos del parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, o cuando sus propios estatutos lo prevén. Conviene revisar el caso concreto antes de concluir.
No. La revisoría fiscal es una función de control independiente sobre la contabilidad y las operaciones de la sociedad. Quien lleva la contabilidad no puede auditarse a sí mismo. Por eso INFOCONTRI AL DIA S.A.S. no presta simultáneamente revisoría fiscal y outsourcing contable a la misma sociedad.
El artículo 211 del Código de Comercio establece que el revisor fiscal responde de los perjuicios que ocasione a la sociedad, a sus asociados o a terceros, por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones. Esa responsabilidad es personal y va acompañada del régimen disciplinario de la profesión de contador público.
El incumplimiento expone a la sociedad y a sus administradores a las sanciones de la entidad de inspección, vigilancia y control que corresponda, y compromete la validez de los estados financieros que se presentan a terceros, incluida la propia administración tributaria.
El revisor fiscal es elegido por la asamblea general de accionistas o la junta de socios, por el período fijado en los estatutos. El nombramiento se inscribe en el registro mercantil de la cámara de comercio.
Planeación tributaria y atención de requerimientos, emplazamientos y demás actuaciones de la administración dentro de los términos legales.
Conocer el servicio03 — ServicioContabilidad, obligaciones tributarias periódicas y declaración de renta de personas jurídicas y naturales.
Conocer el servicio04 — ServicioEscisiones, fusiones, reformas estatutarias y los asuntos societarios que rodean la materia tributaria.
Conocer el servicioEnvíenos el certificado de existencia y representación legal y las cifras de activos e ingresos del último cierre. Con esos dos documentos le confirmamos por escrito si la obligación existe y bajo cuál norma.